No es un error poco frecuente para el sentido común el de asociar automáticamente la idea de democracia con un sistema de gobierno republicano y representativo que implique necesariamente la celebración periódica de comicios “transparentes” para la elección de autoridades nacionales o distritales, ejecutivas o legislativas. Ante la imposibilidad de realizarse las elecciones directas a mano alzada que determinen la voluntad del pueblo como otrora se hiciera en la vieja ecclesía ateniense, la política parecería representar en la actualidad la eterna pugna por el poder en el Estado, derivado este último necesariamente de la realización de elecciones libres sin cuidado del interés nacional.
Y la repetición del adverbio no es casual ni caprichosa, el énfasis en la necesariedad de la práctica del sufragio es precisamente el origen de ese error, pues sugiere que no puede haber una democracia que no se sustente en la realización de elecciones periódicas con competencia de partidos políticos. En esa misma línea, se caracteriza prima facie como antidemocráticos a los regímenes de partido único o a las monarquías absolutistas, entendiendo a la democracia como el sistema de gobierno ideal y por democracia ―he ahí la trampa semántica del asunto― una vez más a la realización de elecciones libres en el contexto de un sistema republicano representativo.
El problema es que al asimilarse una cosa con la otra se pierde de vista el sentido de la una y de la otra, eliminando del concepto su sentido etimológico, esto es, original y por lo tanto más estricto. Democracia en un sentido literal y etimológico es un gobierno del pueblo, lo que en la época de la asamblea ateniense podía entenderse como el respeto a la voluntad de aquellos habitantes de la polis ―la ciudad-estado― que se consideraban ciudadanos, sujetos plenos de derecho. Esa voluntad se expresaba de manera directa en la ecclesía, a mano alzada, por lo que resultaba inapelable.
En la actualidad, no obstante, el ejercicio de la voluntad popular a la manera ateniense resulta naturalmente imposibilitado por el crecimiento no solo de las unidades políticas en un sentido territorial, geográfico, sino por la explosión demográfica que tuvo lugar a lo largo de los últimos dos milenios y medio, lo que amerita una redefinición del concepto de democracia para adecuarlo a la realidad de las sociedades actuales.

Está claro que un sistema plebiscitario en el que cada una de las decisiones de gobierno deba ser auditada por el pueblo en su conjunto a través de la celebración de elecciones directas resulta impracticable por su costo de mantenimiento y su lentitud, en el contexto de Estados nacionales de millones de kilómetros cuadrados de extensión y poblaciones que se cuentan por decenas y centenares de millones. De ahí el surgimiento de regímenes representativos en los que se supone que la voluntad popular se expresa a través de la praxis de una “clase política” que funge como representante del pueblo en una asamblea legislativa y en los cargos ejecutivos de gobierno.
Pero existe otra posible redefinición del concepto, una que no casualmente difiere de la definición canónica de democracia como sinónimo de sufragio universal. En un sentido más estricto y preciso, debe entenderse que democrático es aquel gobierno que representa y defiende el interés nacional, es decir, el interés de su pueblo. Esto es independiente de las cuestiones formales y por lo tanto, en un sentido estricto, puede ser democrático un gobierno republicano, seguramente, pero también podría serlo un gobierno autocrático, por ejemplo, en tanto y en cuanto este significase el progreso y el desarrollo material y espiritual de la sociedad y defendiera la soberanía de su territorio nacional frente a la injerencia de potencias extranjeras.
El presupuesto de que la forma de gobierno más perfecta resulta ser la democracia, entonces, será verdadero siempre y cuando se entienda por esta categoría a la definición más estricta de democracia como sinónimo de un gobierno popular, que represente los intereses de la comunidad y garantice la justicia social independientemente del proceso que lo haya aupado al poder. De ahí que haya surgido en el sentido común un segundo presupuesto derivado del primero: el de la obligatoriedad de la democracia.
Claro, es natural que cualquier ciudadano bien nacido adhiera a la idea de un gobierno cuyo único interés propio sea defender el interés nacional, esto es, el interés del pueblo. El problema es que la definición canónica de democracia en la actualidad no se corresponde con aquella más precisa que hemos enunciado más arriba, sino justamente con la primera, la que confunde gobierno del pueblo con sistema republicano y representativo y por lo tanto termina asimilando ―y acotando, finalmente― a la democracia a un sistema que se basa pura y exclusivamente en la realización periódica de elecciones libres.

Pero como hemos visto, así como un gobierno puede a la vez ser autocrático y defender el interés popular, siendo entonces claramente democrático en un sentido estricto, de la misma manera la inversa también es válida. Si algo nos deberían haber enseñado a los argentinos los últimos cuarenta y un años de historia ―esto es, las virtuales cuatro décadas que han seguido al fin de la dictadura terrorista del autoproclamado Proceso de Reorganización Nacional― es que la realización periódica de elecciones sin proscripciones en el marco de un sistema republicano es independiente e incluso puede estar completamente aislada del interés del pueblo y la defensa de la soberanía nacional.
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